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Archivos de Castilla y León
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Archivo Histórico Provincial de Ávila
ES-CYL-AHPAv-05001
Servicio Territorial de Economía y Hacienda de Ávila
Fondo
257 cajas (incluyen 10 libros)
Establecida la estructura orgánica de la Administración Autonómica de Castilla y León por Decreto 3/1983, asume las competencias en materia de economía y hacienda la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio. En 1987 se transforma en consejería de Economía y Hacienda, que se adscriben en el ámbito provincial a las Delegaciones Territoriales creadas en 1984. Tras la reforma de la organización periférica de la Administración Autonómica y la creación de la Delegación Territorial Única en cada provincia (Decreto 216/1987 de 20 de agosto) se adscriben a ella los Servicios Territoriales como unidades de gestión y ejecución de las competencias de cada Consejería.
De acuerdo con la Ley 43/1983, de Cesión de Tributos a la Comunidad Autónoma de Castilla y León (que entró en vigor el día 1 de enero de 1985) por Real Decreto 1715/1985, de 1 de agosto por el que se traspasa a la Comunidad Autónoma de Castilla y León los servicios del Estado correspondientes a las competencias asumidas por aquélla en relación con los tributos cedidos, asesoramiento jurídico, defensa en juicio y fiscalización - intervención.
Tributos que se ceden:
“a) Impuesto Extraordinario sobre el Patrimonio de las Personas Físicas;
b) Impuesto General sobre Sucesiones;
c) Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, únicamente en cuanto a los siguientes hechos imponibles:
c) 1. Transmisiones onerosas por actos «inter vivos» de toda clase de bienes y derechos que integren el patrimonio de las personas físicas o jurídicas;
c) 2. Constitución de derechos reales, préstamos, fianzas, arrendamientos, pensiones y concesiones administrativas;
c) 3. Constitución y aumento y disminución del capital, fusión, transformación y disolución de sociedades;
d) Impuesto sobre el Lujo, únicamente en cuanto a los siguientes hechos imponibles:
d) 1. Adquisiciones en régimen general con devengo en destino;
d) 2. Tenencia y disfrute de embarcaciones y aeronaves, y
e) Tasas y demás exacciones sobre el juego, y se atribuyen a la Comunidad Autónoma, por delegaciones del Estado, determinadas competencias en materia de gestión y liquidación, recaudación, inspección y revisión de los tributos cedidos.”
La última reordenación (Orden de 1 de agosto de 2002 qué modifica otra Orden de 18 de julio de 1996, BOCyL 6-8-2002 y 24-7-1996) estructura los Servicios Territorial de Economía y Hacienda en una Secretaría Técnica y cinco secciones:
Asistencia e Información Tributaria.
Gestión de Impuestos Indirectos y Otros Ingresos.
Impuestos Directos.
Inspección y Valoración Tributaria.
Tesorería.
Ingreso mediante transferencias periódicas.
Transferencias 2010, 2012
Transferencia en años sucesivos
Cuadro de clasificación
1. Jefe de Servicio
2. Secretaría Técnica
2.1.Notificaciones
2.2.Asuntos Generales
3. Sección de Asistencia e Información Tributaria
4. Sección de Impuestos Indirectos y Otros Ingresos:
4.1. Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (En Ávila transmisiones y actos jurídicos se archivan juntos, un mismo negociado).
4.2.Tasa Fiscal sobre el Juego
5. Sección de Impuestos Directos:
5.1.Sucesiones y Donaciones
5.2.Patrimonio
6.Sección de Inspección y Valoración Tributarias:
6.1. Oficina Técnica de Valoración
7. Sección de Tesorería:
7.1.Área de Contabilidad
7.2.Área de Intervención y Fiscalización
7.3.Área de control financiero
Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el Sistema Español de Archivos y se regula el Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos y su régimen de acceso. (BOE nº 284, 25-11-2011, CAPÍTULO IV, Procedimiento de acceso a documentos y archivos. Artículo 28.) Ley 6/91, de 19 de abril, de Archivos y Patrimonio Documental de Castilla y León: Artículo 21 b) Ley Orgánica 1/1982 de Protección del Derecho al honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la propia imagen. Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos). Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE 2 octubre).
El Reglamento del Sistema Archivístico aprobado por Decreto 115/1996, de 2 de mayo, incluye en su artículo 44 el servicio de reproducción como uno de los que prestará los Archivos. Reprografía mediante fotocopia o reproducción digital. Sujeta a la norma vigente, sólo se limita la reproducción cuando se encuentra en mal estado de conservación o no puede ser objeto de consulta según la normativa vigente.
Idd 64; Base de datos en Access y en Excel, en soporte electrónico e impreso (Inventario).
Existen aplicaciones informáticas de las que no se pueden sacar listados a modo de los libros de registro antiguos.
Diciembre 2008, Junio 2010, Diciembre 2012
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