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Archivos de Castilla y León
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Archivo Histórico Provincial de Valladolid
ES-CYL-AHPVa-47003
Colegio Oficial de Arquitectos de Valladolid
Fondo
1.124 cajas
A partir del régimen jurídico general establecido en 1837, las distintas profesiones fueron completando su estatuto en el mismo proceso codificador y tutelar estatal. Entre todos los instrumentos de regulación destacó la colegiación, procedimiento inspirado en las corporaciones del siglo XVIII, aunque sin el carácter religioso de aquellas
El Colegio Oficial de Arquitectos de Castilla y León Este es una Corporación de Derecho Público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Consagra como fundamento de su existencia y principio rector de su organización la autonomía máxima de las Demarcaciones Provinciales, el carácter esencialmente coordinador de los órganos centrales y el equilibrio en la representatividad de las Demarcaciones Provinciales en los órganos centrales.
Los fines esenciales que persigue el Colegio son los siguientes:
- Procurar el perfeccionamiento de la actividad profesional al servicio de la sociedad, subrayando en todo momento la dimensión social y cultural de la Arquitectura, el Urbanismo y el Medio Ambiente.
- Ordenar en el marco de las leyes el ejercicio profesional.
- Velar por la observancia de la deontología de la profesión y por el respeto debido a los derechos de los ciudadanos.
- Representar, dentro de su ámbito territorial, los intereses generales de la profesión, en particular en sus relaciones con los poderes públicos.
- Garantizar la libertad de actuación del Arquitecto en su ejercicio profesional, asegurar la igualdad de derechos y deberes de sus Colegiados, así como fomentar la solidaridad, la armonía y colaboración entre sus miembros.
- Defender los derechos e intereses profesionales de sus miembros y velar por el prestigio, independencia y dignidad de la profesión, tanto en las relaciones recíprocas de los Arquitectos entre sí como en las que mantengan con sus clientes.
-Intervenir, con arreglo a las leyes, en la redacción y modificación de la legislación vigente en lo que se relaciona con la Arquitectura, el Urbanismo y el Medio Ambiente.
-Realizar las prestaciones de interés general propias de la arquitectura que considere oportunas o que le encomienden los poderes públicos, así como los fines de carácter científico y cultural que estime
convenientes.
Depósito
Todos son proyectos de construcción o legalización de edificios de localidades de la Provincia, excluida la capital.
Libre
Sujeta a la norma vigente, sólo se limita la reproducción de la documentación que se encuentra en mal estado de conservación o no pueda ser objeto de consulta según sus normativas de acceso.
Enero 2006
Octubre 2009