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Archivos de Castilla y León
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Archivo Histórico Provincial de Burgos
ES-CYL-AHPBu-09004
Servicio Territorial de Economía y Hacienda de Burgos
Fondo
3.514 cajas
La Administración Periférica de la Comunidad Autónoma de Castilla y León estuvo en un principio organizada en Delegaciones Territoriales de las respectivas Consejerías, que ejercían las funciones de dirección, coordinación e inspección de los servicios periféricos de las Consejerías. Dependían orgánicamente del Secretario General de la respectiva Consejería y funcionalmente de este y de los Directores Generales (Decreto 10/ 1984)
El Decreto 216/ 1987 de 20 de agosto, crea en cada una de las provincias Delegaciones Territoriales Únicas, suprimiendo las de las distintas Consejería que hasta ese momento habían existido y asumiendo sus funciones. Se adscriben orgánicamente a la Consejería de Presidencia y Administración Territorial y funcionalmente a la Consejería que corresponda por razón de la materia. Su estructura orgánica y competencias fueron reguladas por el Decreto 245/ 1987 de 14 de octubre.
El Delgado Territorial, es el representante de la Junta de Castilla y León y de las Consejerías en la provincia, tiene las facultades de impulsar, dirigir y coordinar las actuaciones de los Servicios Territoriales y supervisar e inspeccionar su funcionamiento, además de velar por el cumplimiento de las disposiciones que regulen la organización y funcionamiento de Administración Autonómica
Bajo la dirección del Delegado Territorial se estructura en los siguientes órganos:
- La Secretaría Territorial. Tiene la función de coordinación, régimen interior, asuntos generales y gestión administrativa.
- Los Servicios Territoriales. Son unidades de gestión y ejecución de las Consejerías
- La Comisión Territorial de Coordinación. Es un órgano colegiado de asesoramiento del Delegado Territorial y de coordinación de los Servicios Territoriales.
Además cuenta con una Asesoría Jurídica y una Intervención Territorial.
Con posterioridad se han producido regulaciones de la estructura orgánica de las Delegaciones.
Establecida la estructura orgánica de la Administración Autonómica de Castilla y León por Decreto 3/1983, asume las competencias en materia de economía y hacienda la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio - en 1987 transformada en Consejería de Economía y Hacienda-, que se adscriben en el ámbito provincial a las Delegaciones Territoriales creadas en 1984. Tras la reforma de la organización periférica de la Administración Autonómica y creación de la Delegación Territorial única en cada provincia, se adscriben a ella los Servicios Territoriales como unidades de gestión y ejecución de las competencias de cada Consejería
La última reordenación (Orden de 1 de agosto de 2002) estructura los Servicios Territoriales de Economía y Hacienda en una Secretaría Técnica y cinco Secciones: Asistencia e Información Tributaria; Gestión de Impuestos Indirectos y Otros Ingresos; Impuestos Directos; Inspección y Valoracion Tributarias; y Tesorería.
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Transferencia
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Enero 2006
Octubre 2009