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Tribunal Tutelar de Menores de Segovia

Archivo:

Archivo Histórico Provincial de Segovia

Código de referencia:

ES-CYL-AHPSg-40001

Título:

Tribunal Tutelar de Menores de Segovia

Fechas:

  • 1954 - 2000

Nivel de Descripción:

Fondo

Volumen y soporte:

159 cajas

Nombre del productor:

  • España. Juzgado de Menores de Segovia
  • España. Tribunal Tutelar de Menores de Segovia

Historia Institucional:

Tras la ley de 1908, sobre prisión preventiva de menores, y de Protección a la Infancia de 1904, que instituye las Juntas Provinciales y Locales y el Consejo de Protección a la Infancia, la verdadera formulación de los “Tribunales para Niños”, compuestos por un juez y dos vocales, la efectúan la Ley de Bases y su Real Decreto de desarrollo de 1918.
Paulatinamente fueron estableciéndose en todas las provincias. En 1925 se reorganizan y reciben nuevo nombre. “Tribunales Tutelares para Niños”, que cambian en 1929 por el muy duradero de “Tribunales Tutelares de Menores”. En 1940 vuelven a reestructurarse, sobre la base del establecimiento de tribunales colegiados no profesionales en las provincias que cuente con establecimientos de protección y corrección, con la excepción de Madrid, que se personifica en un solo juez retribuido. La excepción pasa a ser regla en 1948 y e adopta el modelo de tribunal unipersonal en las capitales de mayor población.
En un mismo año, 1985, la Dirección General de Protección Jurídica del Menor asume las atribuciones sobre esta materia, y la Ley Orgánica del Poder Judicial decide implantar en cada capital, e incluso en algunos partidos, los Juzgados de Menores atendidos por jueces de carrera; cuya competencia es reformada en 1992, para adaptarlos a la última regulación de la mayoría de edad penal y a algunas correcciones del Tribunal Constitucional.

Historia Archivística:

El fondo llegó sin depósitos intermedios a la sede del Juzgado de Menores

Forma de Ingreso:

Transferencia en noviembre de 2004

Condiciones de Acceso:

ACCESO LIMITADO. Por contener datos personales que pueden afectar al honor de las personas, a la intimidad de su vida privada y a su propia imagen, no podrá ser consultada la documentación que no cumpla los plazos legalmente establecidos en la Ley 16/1985 de 25 de junio de Patrimonio Histórico Español, sin que medie consentimiento expreso de los afectados.

Condiciones de Reproducción:

Sujeta a la norma vigente, sólo se limita la reproducción de la documentación que se encuentra en mal estado de conservación o no pueda ser objeto de consulta según sus normativas de acceso.

Lengua/Escritura de la Documentación:

  • Castellano

Reglas o normas:

  • BONAL ZAZO, José Luis; GENERELO LANASPA, Juan José y TRAVESÍ DE DIEGO, Carlos. Manual de Descripción Multinivel: Propuesta de adaptación de las normas internacionales de descripción archivística. [Valladolid]: Junta de Castilla y León, 2002
  • MDM, 2 ed. rev., 2006

Fecha de la descripción:

Enero 2006

Ultima revisión:

Octubre de 2009