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Junta Municipal del Censo Electoral de Soria

Archivo:

Archivo Histórico Provincial de Soria

Código de referencia:

ES-CYL-AHPSo-42002

Título:

Junta Municipal del Censo Electoral de Soria

Fechas:

  • 1947 - 1995

Nivel de Descripción:

Fondo

Volumen y soporte:

72 cajas

Nombre del productor:

  • España. Junta Municipal del Censo Electoral de Soria

Historia Institucional:

El Real Decreto para la elección de procuradores a las Cortes Generales del Reino de 20 de mayo de 1834 establecía unas Juntas Electorales de Partido, que radicarían en los distritos judiciales, y las Juntas Electorales Provinciales presididas por los Gobernadores Civiles. Los sucesivos decretos para elecciones generales dieron un papel predominante a las Diputaciones Provinciales y a los Ayuntamientos: las primeras se encargaban de la división de los distritos electorales y los segundos del proceso electoral en los municipios. Por otro lado, los jueces, especialmente los de primera instancia, presidían las Juntas de Escrutinios Generales

Desde la ley electoral de 28 de diciembre de 1878 se determinó que en cada distrito electoral los jueces de primera instancia presidieran las Juntas de Escrutinio. La ley electoral de 8 de agosto de 1907 estableció que el censo electoral sería formado, custodiado y rectificado por el Instituto Geográfico y Estadístico, bajo la inspección de una Junta Central y en relación con Juntas Provinciales y Municipales, que se denominarían del censo Electoral. Los presidentes de las Audiencias, tanto territoriales como Provinciales, serían también los presidentes de las Juntas Provinciales del Censo Electoral.
Cuando en 1977 se aprueba el Real Decreto-Ley de 18 de marzo regulador de los actuales procesos electorales, se estableció también su organización, creándose una Junta Electoral Central, Juntas Electorales Provinciales y Juntas de Zona. Posteriormente se añadieron las Juntas Electorales de las Comunidades Autónomas.

Forma de Ingreso:

Transferencia de la Audiencia Provincial

Nuevos Ingresos:

Se esperan nuevos ingresos

Condiciones de Acceso:

Mayoritariamente libre; podrá utilizarse con fines de investigación siempre y cuando no se utilicen datos personales. Es de acceso restringido la lista de votantes, por contener datos que afectan a la intimidad de las personas.

Condiciones de Reproducción:

Sujeta a la norma vigente, sólo se limita la reproducción de la documentación que se encuentra en mal estado de conservación o no pueda ser objeto de consulta según sus normativas de acceso.

Lengua/Escritura de la Documentación:

  • Castellano

Características físicas y requisitos técnicos:

Buen estado de conservación.

Reglas o normas:

  • BONAL ZAZO, José Luis; GENERELO LANASPA, Juan José y TRAVESÍ DE DIEGO, Carlos. Manual de Descripción Multinivel: Propuesta de adaptación de las normas internacionales de descripción archivística. [Valladolid]: Junta de Castilla y León, 2002
  • MDM, 2 ed. rev., 2006

Fecha de la descripción:

Febrero 2006

Ultima revisión:

Octubre 2009