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Archivos de Castilla y León
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Archivo Territorial de Salamanca
ES-CYL-03.05-37001/Delegación
Delegación Territorial Única de la Junta de Castilla y León en Salamanca
Fondo
5.512 unidades; 594 m/l.
Contempladas en el art. 29.1 de la Ley 1/1983, de 29 de julio, del Gobierno y de la Administración de Castilla y León, es el Decreto 10/1984, de 9 de febrero, el que regula las Delegaciones Territoriales de las Consejerías de la Junta de Castilla y León, las cuales, bajo la dirección del Consejero, dependen orgánicamente del Secretario General de la Consejería y, funcionalmente, de éste y de los Directores Generales (art. 1º). Al frente de cada una de ellas está un Delegado Territorial, nombrado y separado por Orden de Consejería entre el personal al servicio de cualquier Administración Pública o de la Seguridad Social (art. 3º) y se les da las siguientes competencias (art. 4º):
Definidas las Delegaciones Territoriales, aparecen en el BOCYL del 16 de julio de 1984 las primeras convocatorias para dotarlas de personal en régimen de contratación administrativa.
Es el Decreto 216/1987 de 20 de agosto el que supone una modificación más profunda, con él desaparecen las Delegaciones Territoriales de las Consejerías y se crea en cada provincia una Delegación Territorial Única. Su estructura orgánica y competencias son reguladas por varios decretos hasta la actualidad. A partir de este Decreto los Delegados Territoriales de la Junta de Castilla y León en Salamanca han sido:
Su estructura viene determinada por la siguiente normativa:
Decreto 245/1987, de 14 de octubre :
Decreto 225/1988, de 7 de diciembre :
Modificado parcialmente por el 321/1999 de 7 de diciembre :
Da rango de Servicio Territorial a la Asesoría Jurídica y a la Intervención Territorial
Decreto 271/2001 de 5 de diciembre , modificado por el Decreto 15/2005 de 10 de febrero
Las funciones del Archivo Territorial de Salamanca, hasta su implantación, las venía desarrollando tal y como marca la Ley, el Archivo Histórico Provincial. Desde noviembre de 2002 es el Archivo Territorial el que recibe las transferencias ordinarias de los distintos servicios territoriales, transfiriendo a su vez la documentación que corresponda al Archivo Histórico. Hasta el momento se han recibido 24 transferencias.
Transferencias Ordinarias
El fondo abarca la documentación producida y recibida por los servicios territoriales de la Junta y organismos que de ella dependen, si bien por la reciente implantación del Archivo Territorial aún algunos servicios no han realizado transferencia alguna.
No se ha llevado a cabo ninguna eliminación por carecer de aprobación por la autoridad competente.
Transferencias anuales
Basada en las estructuras orgánica de los distintos servicios y oficinas
Acceso libre según lo dispuesto por el artículo 31 b) de la Ley 6/91, de 19 de abril, de Archivos y del Patrimonio Documental de Castilla y León, y por la Ley 30/1992 (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero) de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en lo relativo a los procedimientos cuyo trámite ha finalizado (artículo 37). Las restricciones impuestas por ambas leyes que pueden afectar a la documentación de esta Consejería se refieren fundamentalmente a la intimidad y honor de las personas, averiguación de delitos (31 b), 50-100 años y a los relativos a defensa y seguridad y a los intereses esenciales de la Comunidad Autónoma, (Ley 6/91, artículo 31c). También lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/1982 de Protección del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la propia Imagen y en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal. En cualquier caso cabe la posibilidad de solicitar autorización de acceso a los documentos excluidos de consulta pública
Algunos documentos están sometidos al Régimen de la Propiedad Intelectual (proyectos, informes). El Reglamento del Sistema Archivístico aprobado por Decreto 115/1996, de 2 de mayo, incluye en su artículo 44 el servicio de reproducción como uno de los que prestarán los Archivos Centrales y Territoriales. Reprografía mediante fotocopia.
El estado general de conservación es bueno. La mayor parte es documentación textual
Luis Miguel Rodríguez Alfageme
febrero de 2010
febrero de 2010