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Delegación Territorial Única de la Junta de Castilla y León en Ávila

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Archivo:

Archivo Territorial de Ávila

Código de referencia:

ES- CYL.03.01.- 05001/Delegación

Título:

Delegación Territorial Única de la Junta de Castilla y León en Ávila

Fechas:

  • 1915-2011

Nivel de Descripción:

Fondo

Volumen y soporte:

1.275,2 m.l.

Nombre del productor:

  • Castilla y León. Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Ávila

Historia Institucional:

Contempladas en el art. 29.1 de la Ley 1/1983 de 29 de julio, del Gobierno y de la Administración de Castilla y León, es el Decreto 10/1984, de 9 de febrero, el que regula las Delegaciones Territoriales de las Consejerías de la Junta de Castilla y León, las cuales, bajo la dirección del Consejero, dependen orgánicamente del Secretario General de la Consejería y, funcionalmente, de éste y de los Directores Generales (art. 1º). Al frente de cada una de ellas está un Delegado Territorial, nombrado y separado por Orden de Consejería entre el personal al servicio de cualquier Administración Pública o de la Seguridad Social (art. 3º) y se les da las siguientes competencias (art. 4º):

  1. Ostentar la representación de la Consejería.
  2. Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias.
  3. Dirigir, coordinar y supervisar el funcionamiento de todos los servicios de las Delegaciones.
  4. Desempeñar la jefatura superior del personal de la Delegación.
  5. Adoptar o proponer las medidas para la ejecución de programas.
  6. Resolver expedientes.
  7. Ejercer las competencias que le sean atribuidas legalmente.

Definidas las Delegaciones Territoriales, aparecen en el BOCYL del 16 de julio de 1984 las primeras convocatorias para dotarlas de personal en régimen de contratación administrativa.

Es el Decreto 216/1987 de 20 de agosto  el que supone una modificación más profunda; con él desaparecen las Delegaciones Territoriales de las Consejerías y se crea en cada provincia una Delegación Territorial Única. Su estructura orgánica y competencias son reguladas por varios decretos hasta la actualidad.

Su estructura viene determinada por la siguiente normativa:

Decreto 245/1987, de 14 de octubre

  • DELEGADO TERRITORIAL
  • SECRETARÍA TERRITORIAL
  • SERVICIOS TERRITORIALES
  • COMISIÓN TERRITORIAL DE COORDINACIÓN
  • También existe una Asesoría Jurídica y una Intervención Territorial

Decreto 225/1988, de 7 de diciembre

  • DELEGADO TERRITORIAL
  • SECRETARÍA TERRITORIAL
  • SERVICIOS TERRITORIALES
  • COMISIÓN TERRITORIAL DE COORDINACIÓN
  • La Asesoría Jurídica se enmarca orgánicamente en la Secretaría Territorial y la Intervención Territorial en el Servicio Territorial de Hacienda.

Modificado parcialmente por el Decreto 321/1999 de 7 de diciembre, que da rango de Servicio Territorial a la Asesoría Jurídica y la Intervención Territorial

Decreto 271/2001 de 5 de diciembre , modificado por el Decreto 15/2005 de 10 de febrero

  • DELEGADO TERRITORIAL
  • SECRETARÍA TERRITORIAL
  • DEPARTAMENTOS TERRITORIALES
  • COMISIÓN TERRITORIAL DE COORDINACIÓN

Forma de Ingreso:

Transferencias Ordinarias

Alcance y Contenido:

El fondo abarca la documentación producida y recibida por los servicios territoriales de la Junta y organismos que de ella dependen, si bien, por la reciente implantación del Archivo Territorial, aún algunos servicios no han realizado transferencia alguna.

Valoración, selección y eliminación:

En virtud de las reglas de conservación aprobadas, en el año 2011 se han eliminado 541,95 metros lineales de documentación.

Nuevos Ingresos:

Transferencias anuales

Organización:

Basada en las estructuras orgánicas de los distintos servicios y oficinas. El cuadro de clasificación del archivo está disponible en la zona de descargas de esta página.

 

Condiciones de Acceso:

Acceso libre según lo dispuesto por el artículo 31 b) de la Ley 6/91, de 19 de abril, de Archivos y del Patrimonio Documental de Castilla y León, y por la Ley 30/1992 (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero) de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en lo relativo a los procedimientos cuyo trámite ha finalizado (artículo 37). Las restricciones impuestas por ambas leyes que pueden afectar a la documentación de esta Consejería se refieren fundamentalmente a la intimidad y honor de las personas, averiguación de delitos (31 b), 50-100 años y a los relativos a defensa y seguridad y a los intereses esenciales de la Comunidad Autónoma, (Ley 6/91, artículo 31c). También lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/1982 de Protección del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la propia Imagen y en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal. En cualquier caso cabe la posibilidad de solicitar autorización de acceso a los documentos excluidos de consulta pública

Condiciones de Reproducción:

Algunos documentos están sometidos al Régimen de la Propiedad Intelectual (proyectos, informes). El Reglamento del Sistema Archivístico aprobado por Decreto 115/1996, de 2 de mayo, incluye en su artículo 44 el servicio de reproducción como uno de los que prestarán los Archivos Centrales y Territoriales. Reprografía mediante fotocopia

Lengua/Escritura de la Documentación:

  • Mayoritariamente en Castellano

Características físicas y requisitos técnicos:

El estado general de conservación es bueno. La mayor parte es documentación textual

Instrumentos de la descripción:

A cada subfondo le corresponde un IDD cuyo número coincide con el dígito que tiene asignado en el cuadro de organización de fondos. Son inventarios a nivel de unidad de instalación, además de una base de datos global informatizada que relaciona otras bases estructuradas en distintos niveles de descripción. Todos los subfondos están descritos hasta el nivel de unidad de instalación y varios de ellos hasta el nivel de Unidad Documental Compuesta.

Unidades de descripción relacionadas:

  • Antecesoras: Documentación perteneciente a las Jefaturas/Delegaciones/Direcciones Provinciales de los Ministerios cuyas funciones fueron transferidas a la Comunidad Autónoma de la Junta de Castilla y León.
  • Complementarias: Archivos de Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Archivos Judiciales y de la Administración Central del Estado
  • Paralelas: De los Servicios Centrales de la Administración de la Junta de Castilla y León.
     

Reglas o normas:

  • BONAL ZAZO, José Luis; GENERELO LANASPA, Juan José y TRAVESÍ DE DIEGO, Carlos. Manual de Descripción Multinivel: Propuesta de adaptación de las normas internacionales de descripción archivística. [Salamanca]: Junta de Castilla y León, 2002
  • MDM, 2 ed. rev., 2006

Fecha de la descripción:

Febrero 2010

Ultima revisión:

Octubre 2012