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Archivos de Castilla y León
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Archivo Histórico Provincial de Zamora
ES-CYL-AHPZa-49001
Comisión Provincial de Incautación de Bienes por Responsabilidades Políticas de Zamora
Fondo
1 caja
Las Comisiones Provinciales se crearon a partir del Decreto nº 108 de la Junta de Defensa Nacional, dado en Burgos el 13 de septiembre de 1936, del Decreto-Ley dado, en Salamanca el 10 de enero de 1937, y de la Orden de la Presidencia de la Junta Técnica del Estado, dada en Burgos el mismo día, estableciendo las normas para el desarrollo del Decreto-ley y la instrucción de expedientes a los afectados. Entre sus funciones destacaba: hacer inventarios de bienes, investigar la existencia de otros, ocupar y administrar dichos bienes, enajenarlos y gravarlos. Posteriores órdenes y circulares, dadas entre 1937 y 1939 materializaron las incautaciones a los enemigos durante la contienda militar.
La Ley de Responsabilidades Políticas de 9 de febrero de 1939 supuso la liquidación de las culpas contraídas por todas las personas que apoyaron la causa republicana, incluso las sospechosas, retrotrayendo los delitos hasta el primero de octubre de 1934. Esta ley, también La Ley de 19 de febrero de 1942 estableció como se debían de valorizar los bienes de responsables políticos.
El Decreto de 13 de abril de 1945 suprimió esta jurisdicción especial, creándose las Comisiones Liquidadoras de Responsabilidades Políticas en el Ministerio de Justicia que siguieron actuando hasta loa años 50.
Desaparecida la Comisión Provincial de Incautación de Bienes de Zamora por la promulgación de la Ley de Responsabilidades Políticas de 9 de febrero de 1939, los fondos fueron transferidos al Juzgado de Instrucción Provincial de Responsabilidades Políticas. Años más tarde pasaran al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 y a la Audiencia Provincial, donde permanecieron hasta agosto de 1997 que fueron transferidos al Archivo Histórico Provincial.
Transferencias: En agosto de 1997 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 y de la Audiencia Provincial
Los expedientes nos permiten conocer las actuaciones y funcionamiento de la Comisión de Incautación de Bienes en la Provincia de Zamora desde 1936 hasta 1939, así como la actividad represora en la provincia durante la Guerra Civil.
Todos son documentos de conservación permanente de acuerdo con la Ley 6/ 1991, de 19 de abril, de Archivos y Patrimonio Documental de Castilla y León y la Ley 16/ 1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.
No se esperan nuevos ingresos
Se mantiene el orden original, en la medida de lo posible. El cuadro de clasificación adoptado es el siguiente:
El acceso a esta documentación está regulado por la Ley 6/ 1991, de 19 de abril, de Archivos y del Patrimonio Documental de Castilla y León, Ley 16/ 1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Artístico, y la Ley Orgánica 1/ 1992, de 25 de mayo, de Protección Civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen Para su consulta se necesita autorizar del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 o de la Audiencia Provincial.
La reproducción esta sujeta a la normativa del Archivo Histórico Provincial de Zamora y a las normas establecidas para la reprografía en los Archivos de Titularidad Estatal gestionados por la Junta de Castilla y León.
Documentación en buen estado de conservación.
ARCHIVO HISTORICO PROVINCIAL DE ZAMORA. Comisión de Incautación de Bienes de la Provincia de Zamora: Descripción según la Norma ISAD(G)/ Ana Benito Villazán et alii.- Zamora, 1998.- (IDD nº 26).
Existe documentación de la Comisión Provincial de Incautación de Bienes en los fondos correspondientes al Juzgado de Instrucción de Responsabilidades Políticas, así como en los correspondientes a Responsabilidades Políticas de la Audiencia Provincial y de los Juzgados de Instrucción de la Provincia.
Ello es debido a que, al no haber finalizado la instrucción de los correspondientes procedimientos de responsabilidades políticas, los expedientes fueron pasando a dichos tribunales.
Existe documentación complementaria en las Comisiones de Incautación de Bienes y en lo Tribunales de Responsabilidades Políticas correspondientes al ámbito regional y nacional, así como en el Archivo General de la Administración.
Florian Ferrero Ferrero
Octubre de 2009