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Archivos de Castilla y León
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Archivo Histórico Provincial de Soria
ES-CYL-AHPSo-42002
Gerencia Territorial del Catastro
Fondo
1.713 cajas
La Dirección General del Catastro es el Centro Directivo integrado en la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos del Ministerio de Economía y Hacienda, que tiene encomendadas las funciones de elaboración, mantenimiento y gestión del Catastro Inmobiliario Rústico y Urbano. Para llevar a cabo estas funciones, la Dirección General del Catastro está estructurada en Servicios Centrales y en Gerencias Regionales y Territoriales.
La Gerencias Territoriales se crean en el artículo 13 del Real Decreto 1279/ 1985, de 24 de julio, como órganos territoriales periféricos ejecutivos encargados de la formación, conservación y revisión de los catastros rústicos y urbanos. Una Orden posterior, de 28 de julio de 1986, determino su composición y funcionamiento. Por el Decreto 1725/ 1993 estas Gerencias se integran en las Delegaciones de Economía y Hacienda de cada Provincia como una delación especial.
El Catastro Inmobiliario es un registro administrativo en el que se describen los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales. Esta descripción catastral comprende sus características físicas, económicas y jurídicas, entre las que se encuentran la localización y referencia catastral, la superficie, el uso o destino, la clase de cultivo o aprovechamiento, la calidad de las construcciones, la representación gráfica, el valor catastral y el titular catastral.
Transferencia de la Gerencia Territorial Catastral
El fondo consta de padrones de urbana, las denominadas “fichas de implantación” con expresión de la referencia catastral, los Expedientes de Gestión Catastral, las Cédulas de Propiedad de la Riqueza Rústica y Hojas Catastrales
La serie de padrones de urbana presentan una ordenación alfabética, por ayuntamientos, y cronológica. La serie de “fichas de implantación” presenta una ordenación alfabética, por ayuntamientos y domicilios. Las Cédulas de Propiedad Riqueza Rústica están ordenadas por ayuntamientos y nombre del titular.
Acceso restringido para los casos previstos en el artículo 57.1 de la Ley de Patrimonio Histórico Español 16/ 1985, de 25 de junio, y por el Real Decreto Legislativo 1/ 2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, en su Título VI.
Sujeta a la norma vigente, sólo se limita la reproducción de la documentación que se encuentra en mal estado de conservación o no pueda ser objeto de consulta según sus normativas de acceso
Mayo 2006
Octubre 2009