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Archivos de Castilla y León
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Archivo Histórico Provincial de Soria
ES-CYL-AHPSo-42002
Junta Provincial del Servicio de Libertad Vigilada de Soria
Fondo
9 cajas
El Servicio de Libertad Vigilada se crea en el seno del Ministerio de Justicia, dependiendo administrativamente de la Dirección General de Prisiones, por Decreto de 22 de mayo de 1943, con jurisdicción en todo el territorio nacional. Su función principal era “observar la conducta político-social de cuantos se hallen en libertad condicional por virtud de los Decretos de indulto dictados entre los años 1940-1943, concedidos a quienes fueron condenados como consecuencia de la subversión marxista por los Tribunales Militares y durante el tiempo que duren las condenas fijadas en las respectivas sentencias, o en su caso, en la revisión de las mismas”
El Servicio estaba constituido por una Comisión Central de Libertad Vigilada, presidida por el Subsecretario del Departamento y órganos superiores de todo el Servicio, y por unas Juntas Provinciales y Locales que dependían de ella. La Junta Provincial, presidida por un funcionario judicial o fiscal designado por el Ministerio de Justicia, se constituye en la capital. De ella forman parte el Director del Establecimiento Penitenciario, el Comisario Jefe del Cuerpo General de Policía en representación de la Autoridad gubernativa, el primer Jefe de la Guardia Civil con residencia en la plaza, un representante de la Diputación Provincial, otro de la Junta Provincial del Paro, el Jefe de la Inspección del Trabajo, el Delegado Provincial Sindical y un Secretario que será designado por la Dirección General de Prisiones.
Las principales competencias de la Junta Provincial del Servicio de Libertad Vigilada, se resumen en el Decreto de creación y la Norma número 32, reguladora del Servicio de Libertad Vigilada (O.M. de Justicia de 24 de marzo de 1944).
Las Juntas se suprimen por Orden del Ministerio de Justicia de 29 de noviembre de 1954, pasando sus competencias a los Juzgados de Instrucción.
Transferencia
Las principales series documentales de que consta son : expedientes y fichas personales de liberados políticos, libros de registros de indultados y liberados políticos, relaciones de altas y bajas en el “Censo de liberados condicionales”, partes de actividades de la Presidencia de la Junta, estadillos de situación de “Paro forzoso”, etc.
Acceso restringido a la mayoríade la documentación según Ley PHE y Ley Patrimonio Documental de Castilla y León por contener datos que afectan a la intimidad de las personas.
Sujeta a la norma vigente, sólo se limita la reproducción de la documentación que se encuentra en mal estado de conservación o no pueda ser objeto de consulta según sus normativas de acceso.
I.D.D. nº 5 (Audiencia Provincial) (ejemplar impreso)
Enero 2006
Octubre 2009